Secretaría. Facultad de EducaciónSegún la ORDEN 51/2010, de 2 de junio, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los procedimientos de admisión a enseñanzas universitarias en la Comunitat Valenciana, en su Capítulo II, artículo 12.b Admisión al segundo ciclo, indica que: "Cuando se trate de acceso a enseñanzas de sólo segundo ciclo, las universidades considerarán, en primer lugar, en plano de igualdad, las solicitudes de quienes han superado el primer ciclo en universidades del distrito universitario valenciano y las de aquellos estudiantes que hayan superado el primer ciclo en cualquier universidad pública o universidades que constituyan un distrito único, y que no tengan implantado el segundo ciclo de que se trate. En segundo lugar, considerarán las solicitudes de quienes hayan superado el primer ciclo en cualquier universidad pública o universidades que constituyan un distrito único, en las que esté implantado el segundo ciclo de que se trate."
Primer periodo de preinscripción
